Ya puede iniciarse el trámite de solicitud de la AYEX para los hijos de funcionarios comprendidos en la prestación de BPS.
En Montevideo, el trámite se realiza en Edificio Nuevo, Mercedes 1950, subsuelo 1, Sector C. Deberá reservar día y hora por agenda web o a través del teléfono 1997 de lunes a viernes de 8 a 18 hs.
En el Interior, el trámite de solicitud se debe realizar en las Oficinas de BPS, debiendo consultar la disponibilidad en la agenda web correspondiente a la localidad.
Prestación incluida en convenio de COFE con el Poder Ejecutivo
Esta prestación se incluyó en el convenio suscrito entre COFE y el Poder Ejecutivo, de 10 de diciembre de 2020, donde además se prorrogó por un año la vigencia del convenio de 2015_2016.
El punto cuarto del acuerdo establece: “Las partes acuerdan la extensión a los funcionarios comprendidos en el presente convenio los beneficios del Programa de Ayudas Extraordinarias (AYEX) de BPS. El presente beneficio se aplicara asimismo a los funcionarios en el artículo 220 de la Constitución de la República representados por COFE.”
Para COFE es muy importante poder avanzar y concretar esta prestación para los hijos de los funcionarios que pueden acceder a la misma, lo que constituye una ayuda importante en el proceso de atención y rehabilitación y que impacta positivamente en el núcleo familiar. Hasta el momento esta prestación solo comprendía a hijos de trabajadores del sector privado.
¿Que son las AYEX?
El reglamento de BPS define Ayuda Extraordinaria (AYEX) como “una prestación económica que brinda el Banco de Previsión Social a personas con discapacidad y/o alteraciones en el desarrollo destinada a: 1) contribuir a solventar el costo de su concurrencia a Institutos de Rehabilitación, Escuelas e Institutos Habilitados por A.N.E.P. que realicen integración y/o Instituciones Recreativas o Deportivas cuyas actividades propendan a la rehabilitación, sean éstas públicas o privadas; 2) contribuir a solventar el costo de su locomoción o de su acompañante hacia y desde las referidas Escuelas, Institutos e Instituciones, incluidas las normales de enseñanza preescolar, primaria, secundaria y terciaria”.
Las contribuciones pueden destinarse a la cobertura de servicios de: Locomoción, Fonoaudiología, Fisiatría, Psicomotricidad, Psicología
El beneficiario puede percibir alguna de las siguientes ayudas:
• Instituto: $ 6.387,86 (vigencia 1/2021) para la cuota mensual de institutos de rehabilitación privados, habilitados por BPS.
• Transporte: $ 2.839,82 (vigencia 1/2021) para el traslado del beneficiario efectuado por transportistas autorizados por BPS. Esta contribución también alcanza a aquellos que concurran a escuelas o institutos normales, tanto públicos como privados, sean estos preescolares, escolares o liceales.
• Boletos: $ 2.839,82 (vigencia 1/2021) para los boletos del acompañante del beneficiario.
Adjuntamos tres archivos que contiene;
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